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Médico en la sanidad pública con consulta privada: cómo tributar

Muchos médicos combinan su plaza en la sanidad pública con una consulta privada o colaboraciones con clínicas. Es perfectamente posible, pero tiene implicaciones fiscales que conviene conocer desde el primer día.

En resumen
  • Necesitas la autorización de compatibilidad antes de ejercer en privado.
  • La actividad privada exige darte de alta en Hacienda y en el RETA o la mutualidad.
  • Tu nómina y tu actividad se suman en una única declaración de la renta.
  • Planificar evita sorpresas en junio.

Antes de empezar: la compatibilidad

Si trabajas en la sanidad pública, para ejercer en privado necesitas la autorización de compatibilidad de tu administración. En algunos casos, obtenerla puede afectar a complementos de tu nómina, como el específico. Es un trámite administrativo, no fiscal, pero conviene tenerlo resuelto antes de empezar.

Darte de alta como profesional

  • En Hacienda: presentas el modelo 036 y te das de alta en el epígrafe de actividades profesionales que corresponda, por ejemplo el de medicina general o el de médicos especialistas.
  • En la Seguridad Social o la mutualidad: puedes cotizar en el RETA en situación de pluriactividad o elegir la mutualidad alternativa. Como ya cotizas en el Régimen General por tu nómina, merece la pena comparar ambas opciones con calma.

Los impuestos de tu actividad privada

IVA

La asistencia sanitaria está exenta de IVA, así que tus consultas no llevan IVA. Ojo con servicios como la medicina estética sin finalidad terapéutica, los peritajes o las ponencias para laboratorios, que sí pueden llevarlo.

Pago fraccionado de IRPF (modelo 130)

Cada trimestre adelantas el 20% del beneficio de tu actividad. No estás obligado si, en el año anterior, al menos el 70% de los ingresos de tu actividad tuvieron retención, algo habitual si facturas sobre todo a clínicas y aseguradoras.

Retenciones

Cuando facturas a clínicas, hospitales privados o mutuas, tu factura lleva una retención del 15%, o del 7% en el año de inicio y los dos siguientes si no ejerciste la actividad el año anterior.

La declaración de la renta

En tu declaración se suman dos tipos de ingresos: los rendimientos del trabajo de tu nómina y los rendimientos de tu actividad privada. Como el IRPF es progresivo, los ingresos de la consulta se suman a tu sueldo y tributan al tipo más alto que te corresponda.

Por eso es frecuente que, el primer año, la declaración salga a pagar más de lo esperado: la retención de la nómina se calculó sin contar tu actividad privada. Planificar con tiempo, ajustar los pagos trimestrales o pedir una retención mayor en la nómina ayuda a repartir el impacto.

Consejos prácticos

  • Abre una cuenta bancaria separada para la actividad privada.
  • Guarda todas las facturas de gastos: colegio, seguro, formación, congresos y alquiler de la consulta.
  • Reserva cada mes una parte de lo que ingresas para los impuestos.
  • Revisa cada año si te conviene seguir como autónomo o crear una sociedad.

Tienes más detalles en nuestra página de asesoría para médicos.

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