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Asesoría fiscal para nutricionistas.

Consulta presencial u online, planes, colaboraciones con gimnasios o con marcas en redes. Te ayudamos a facturar bien cada servicio y llevamos tus impuestos para que tú te centres en tus pacientes.

  • Te decimos qué servicios llevan IVA y cuáles no
  • Alta como autónomo en 24-48 horas
  • Nos adaptamos a tu programa de facturación
  • Consulta presencial
  • Consulta online
  • Gimnasios y clínicas
  • Redes sociales

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El IVA en nutrición: el caso más delicado

Los dietistas-nutricionistas son profesionales sanitarios, así que su consulta puede estar exenta de IVA cuando tiene una finalidad de salud: prevenir o tratar una enfermedad o un problema de salud. Cuando el servicio tiene una finalidad puramente estética o de rendimiento, sin componente sanitario, puede llevar IVA. Por eso es una de las profesiones donde más errores vemos.

Normalmente exento de IVANormalmente con IVA
Consulta con finalidad preventiva o terapéuticaPlanes con finalidad solo estética
Tratamiento dietético de patologíasVenta de suplementos y productos
Consulta online con la misma finalidad sanitariaPlanes o recetarios descargables
Servicios facturados a clínicas con fin sanitarioCharlas y talleres para empresas, según el caso

La clave es la finalidad del servicio y cómo lo documentas. Una historia clínica bien llevada ayuda a justificar la exención si Hacienda pregunta.

Servicios online, planes descargables y productos

  • Consulta online en directo: sigue las mismas reglas que la presencial.
  • Planes, recetarios o cursos descargables: se consideran servicios electrónicos y llevan IVA. Si los vendes a clientes de otros países de la Unión Europea, se aplica el IVA de su país.
  • Suplementos y productos: llevan el IVA que corresponda a cada producto.

Retenciones al facturar a gimnasios, clínicas y empresas

Cuando facturas a gimnasios, clínicas y empresas, tu factura lleva una retención de IRPF que ellos ingresan en Hacienda en tu nombre.

A quién facturasRetención de IRPF
Gimnasios, clínicas y empresas15% (tipo general)
Los mismos, si acabas de empezar7% en el año de inicio y los dos siguientes, si no ejerciste la actividad el año anterior
Pacientes particularesSin retención

Para aplicar el 7% tienes que comunicarlo por escrito a quien te paga. Las retenciones son un adelanto que se descuenta después en tu renta.

Si trabajas sobre todo para centros, puedes no presentar el modelo 130

Si en el año anterior al menos el 70% de los ingresos de tu actividad tuvieron retención, no estás obligado a presentar el pago fraccionado trimestral.

Por ejemplo: si colaboras con un gimnasio y una clínica, y el año pasado el 70% o más de los ingresos de tu actividad fueron facturas a ellos con retención, este año no tienes que presentar el modelo 130.

Redes sociales y colaboraciones con marcas

Si ganas dinero con tus redes (colaboraciones con marcas, publicidad, afiliación), esos ingresos forman parte de tu actividad y llevan IVA, porque no son asistencia sanitaria. Si las marcas te pagan con productos en lugar de dinero, también hay que declararlo. Lo integramos con tu consulta para que todo cuadre.

Si alquilas un local: la retención del alquiler

Si alquilas un local para tu actividad, normalmente tienes que aplicar una retención del 19% sobre el alquiler (sin contar el IVA), ingresarla cada trimestre con el modelo 115 y presentar el resumen anual con el modelo 180. El alquiler completo, incluida la retención, es gasto deducible. Si pagas por usar una sala en un centro que te presta otros servicios, puede que no haya que retener: lo revisamos contigo antes de firmar.

Gastos que se puede deducir un nutricionista

  • La cuota del colegio de dietistas-nutricionistas y el seguro de responsabilidad civil.
  • La báscula de bioimpedancia, el plicómetro y otro equipamiento, mediante amortización.
  • Los programas de planificación de dietas, citas y videollamada.
  • La formación y los congresos.
  • El alquiler de la consulta y la publicidad, también en redes sociales.
  • La cuota de autónomos.

Cómo te ayudamos

Mesa de trabajo de nutricionista con portátil, fruta y frutos secos

Revisamos cada uno de tus servicios para que factures con o sin IVA según corresponda, llevamos tus impuestos, elaboramos tus facturas y nos comunicamos por ti con gimnasios, clínicas y marcas. Además, nos adaptamos a tu programa de facturación o, si no tienes, te recomendamos uno adaptado a Veri*Factu.

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Precios para nutricionistas

Cuota mensual cerrada, sin permanencia.

-50 %
50 % de descuento en tus 3 primeros meses de cuota

Para nuevos clientes que se den de alta antes del 31 de diciembre de 2026. El descuento se aplica a las tres primeras cuotas mensuales de cualquier plan.

Nutricionista autónomo

Consulta presencial u online

desde 60 € 30 € /mes

3 primeros meses, altas hasta el 31/12

  • Impuestos trimestrales y anuales
  • Revisión del IVA de tus servicios
  • Declaración de la renta incluida
  • Adaptación a tu programa de facturación
Empezar

Centro de nutrición

Con local, empleados o socios

desde 150 € 75 € /mes

3 primeros meses, altas hasta el 31/12

  • Contabilidad mensual
  • Retenciones del alquiler
  • Impuesto de sociedades si aplica
  • Adaptación a tu programa de facturación
Pedir presupuesto

Precios sin IVA. La licencia del programa de facturación, si la necesitas, se contrata aparte.

Preguntas frecuentes de nutricionistas

¿La consulta de un nutricionista lleva IVA?

Puede estar exenta cuando tiene una finalidad sanitaria, es decir, prevenir o tratar un problema de salud. Si la finalidad es solo estética o de rendimiento, puede llevar IVA. Revisamos tus servicios para que factures correctamente.

¿Los planes de dieta descargables llevan IVA?

Sí. Los planes, recetarios o cursos que se descargan sin atención personal se consideran servicios electrónicos y llevan IVA. Si vendes a clientes de otros países de la Unión Europea, se aplica el IVA de su país.

¿Tengo que presentar el modelo 130 si colaboro con gimnasios?

No estás obligado si en el año anterior al menos el 70% de los ingresos de tu actividad tuvieron retención, algo habitual si facturas sobre todo a gimnasios, clínicas o empresas.

Gano dinero con colaboraciones en redes. ¿Cómo lo declaro?

Esos ingresos forman parte de tu actividad y llevan IVA, porque no son asistencia sanitaria. Si te pagan con productos, también hay que declararlo. Lo integramos con tu consulta.

¿Qué gastos me puedo deducir como nutricionista?

Entre otros, el colegio, el seguro de responsabilidad civil, la báscula de bioimpedancia, los programas de dietas y citas, la formación, el alquiler de la consulta y la publicidad.

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