Oferta hasta el 31 de diciembre: 50 % de descuento en tus 3 primeros meses Llámanos o escríbenos por WhatsApp: 611 170 714

Inicio / Asesoría para enfermeras y matronas

Asesoría fiscal para enfermeras y matronas.

Domicilios, consultas de lactancia, preparación al parto o colaboraciones con residencias y clínicas. Nos ocupamos de tus impuestos y tus facturas, también si compaginas con tu plaza en un hospital.

  • Facturas a pacientes, residencias y clínicas, hechas por nosotros
  • Alta como autónoma en 24-48 horas
  • Nos adaptamos a tu programa de facturación
  • Domicilios
  • Lactancia
  • Preparación al parto
  • Residencias y clínicas

Pide tu consulta gratuita

Sin compromiso. Te llamamos nosotros.

Responsable: Medfi. Finalidad: responder a tu solicitud. Puedes ejercer tus derechos de acceso, rectificación, supresión y otros en hola@medfi.es. Más información en la política de privacidad.

Respondemos en menos de 24 horas laborables.

El IVA para enfermeras y matronas

Las enfermeras y las matronas (especialistas en Enfermería Obstétrico-Ginecológica) son profesionales sanitarios, así que la asistencia que prestan a personas con finalidad de prevención, diagnóstico o tratamiento está exenta de IVA, ya sea en consulta o a domicilio. Hay algunas excepciones que conviene conocer:

Normalmente exento de IVANormalmente con IVA
Curas y cuidados a domicilioTratamientos estéticos sin finalidad sanitaria
Consultas de lactancia y educación maternalVenta de productos, como extractores o cremas
Servicios facturados a residencias y clínicasFormación para empresas o centros, según el caso
Preparación al parto y seguimiento pospartoContenido digital, como cursos online grabados

Los talleres y cursos son el caso más dudoso: depende de si tienen finalidad sanitaria o formativa, de a quién van dirigidos y de cómo se imparten. Si los ofreces, lo revisamos contigo para facturarlos bien.

Hospital y actividad privada a la vez

Muchas enfermeras y matronas compaginan su plaza en un hospital o centro de salud con actividad por cuenta propia. Tu nómina tributa como rendimiento del trabajo y tu actividad privada como actividad económica, así que tienes que darte de alta como autónoma. Ambas se suman en tu declaración de la renta. Si trabajas en la sanidad pública, necesitas además la autorización de compatibilidad de tu centro.

Retenciones al facturar a residencias, clínicas, mutuas y empresas

Cuando facturas a residencias, clínicas, mutuas y empresas, tu factura lleva una retención de IRPF que ellos ingresan en Hacienda en tu nombre.

A quién facturasRetención de IRPF
Residencias, clínicas, mutuas y empresas15% (tipo general)
Los mismos, si acabas de empezar7% en el año de inicio y los dos siguientes, si no ejerciste la actividad el año anterior
Pacientes particularesSin retención

Para aplicar el 7% tienes que comunicarlo por escrito a quien te paga. Las retenciones son un adelanto que se descuenta después en tu renta.

Si trabajas sobre todo para centros, puedes no presentar el modelo 130

Si en el año anterior al menos el 70% de los ingresos de tu actividad tuvieron retención, no estás obligado a presentar el pago fraccionado trimestral.

Por ejemplo: si el año pasado el 75% de los ingresos de tu actividad fueron facturas a una residencia y una clínica con retención, este año no tienes que presentar el modelo 130.

Gastos que se puede deducir una enfermera o matrona

  • El material sanitario y de curas.
  • La cuota del colegio de enfermería y el seguro de responsabilidad civil.
  • La formación especializada, como lactancia, suelo pélvico o heridas.
  • El alquiler de una sala o consulta para tus sesiones.
  • Los gastos de desplazamiento justificados de tus visitas a domicilio.
  • La cuota de autónomos y la publicidad de tus servicios.

El coche, en el IRPF, solo es deducible si se usa en exclusiva para la actividad, algo difícil de justificar si haces domicilios con tu coche particular.

Cómo te ayudamos

Te damos de alta, revisamos qué servicios llevan IVA, llevamos tus impuestos, elaboramos tus facturas y nos comunicamos por ti con residencias, clínicas y mutuas. Además, nos adaptamos a tu programa de facturación o, si no tienes, te recomendamos uno adaptado a Veri*Factu.

Pide tu consulta gratuita

Profesional sanitaria realizando una ecografía de seguimiento del embarazo

Precios para enfermeras y matronas

Cuota mensual cerrada, sin permanencia.

-50 %
50 % de descuento en tus 3 primeros meses de cuota

Para nuevos clientes que se den de alta antes del 31 de diciembre de 2026. El descuento se aplica a las tres primeras cuotas mensuales de cualquier plan.

Enfermera autónoma

Domicilios o colaboraciones

desde 60 € 30 € /mes

3 primeros meses, altas hasta el 31/12

  • Impuestos trimestrales y anuales
  • Elaboración de facturas
  • Declaración de la renta incluida
  • Adaptación a tu programa de facturación
Empezar

Consulta propia

Con local, talleres o productos

desde 80 € 40 € /mes

3 primeros meses, altas hasta el 31/12

  • Todo lo del plan autónomo
  • Retenciones del alquiler
  • IVA de talleres y productos
  • Adaptación a tu programa de facturación
Empezar

Precios sin IVA. La licencia del programa de facturación, si la necesitas, se contrata aparte.

Preguntas frecuentes de enfermeras y matronas

¿Una enfermera autónoma tiene que cobrar IVA?

Normalmente no. La asistencia sanitaria que prestan enfermeras y matronas con finalidad de prevención, diagnóstico o tratamiento está exenta de IVA. Sí suelen llevar IVA la venta de productos o los tratamientos estéticos sin finalidad sanitaria.

¿Las consultas de lactancia y la preparación al parto llevan IVA?

Cuando las presta una enfermera o matrona con finalidad sanitaria, normalmente están exentas. Los talleres y cursos son el caso más dudoso, así que conviene revisarlos uno a uno.

Trabajo en un hospital y hago domicilios. ¿Cómo tributo?

Tu nómina tributa como rendimiento del trabajo y los domicilios como actividad económica, así que tienes que darte de alta como autónoma. Todo se integra en una única declaración de la renta. En la sanidad pública necesitas además la autorización de compatibilidad.

¿Tengo que presentar el modelo 130 si trabajo para residencias?

No estás obligada si en el año anterior al menos el 70% de los ingresos de tu actividad tuvieron retención, algo habitual si facturas sobre todo a residencias, clínicas o mutuas.

¿Me puedo deducir el coche si hago domicilios?

En el IRPF, el vehículo solo es deducible si se usa en exclusiva para la actividad. Sí puedes deducir otros gastos de desplazamiento justificados, como aparcamientos o transporte público.

Olvídate del papeleo. Dedica tu tiempo a cuidar.

Cuéntanos tu caso y te llamamos en menos de 24 horas.

Pide tu consulta gratuita
Escríbenos por WhatsApp